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Todos los nacionales, tienen acceso a los servicios consulares sin recurrir a intermediarios, los únicos cobros que pueden hacer las oficinas consulares son los que demanda los impuestos, de timbre con destino a la tesorería de la Nación, y los correspondientes a los derechos consulares que van al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Las tarifas consulares y sus respectivas normas vigentes están colocadas en un lugar visible del consulado. El personal consular de divide en dos categorías:
• Funcionarios consulares remunerados.
• Funcionarios consulares honorarios.
Sólo los funcionarios consulares, remunerados ejercen funciones consulares plenas. Los Servicios Consulares tienen objetivos y funciones principales:
• Proteger y velar por los intereses del Estado y de sus nacionales, sean éstos personas naturales o jurídicas, dentro de los límites permitidos por las leyes y reglamentos del país donde se encuentran.
• Velar, con base en las normas del Derecho Internacional y del Estado receptor, por los intereses de los menores de edad, y de otros que carezcan de capacidad plena, en especial cuando se requiera instituir para ellos una tutela.
• Adelantar programas de promoción de los residentes en el exterior.
• Expedir pasaportes y documentos de viaje a los conciudadanos.
• Actuar en calidad de notarios.
• Expedir visas para los extranjeros, que deseen viajar a su país de origen.
• Tramitar la célula de ciudadanía, la libreta militar y el certificado judicial, ante las autoridades correspondientes.
• Orientar en cuanto a la consecución de abogados locales, intérpretes y médicos.
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